Del Libro Administración Eclesiástica del Dr.C.P.Pablo Amador Garrido Casal, Editorial Claretiana-2012
1. Emisión de comprobantes de ingreso
1. Emisión de comprobantes de ingreso
Por ser las curias eclesiásticas entidades reconocidas como exentas en
el Impuesto a las Ganancias (Ley 20.628, Art. 20 inc. e), están exceptuadas de
emitir comprobantes que reúnan los requisitos establecidos por la R.G. de la
AFIP nro. 1.415/03.
En hoja siguiente presentamos un modelo de recibo, en el que no podrá
faltar la siguiente anotación:
Exceptuado cumplimiento R.G. 1415/03, Art. 5, Anexo I, Apartado “a”, inc. “k” y R.G.
3749/15 art. 10
Es importante destacar que la parroquia puede realizar la impresión de comprobantes en cualquier imprenta, y no es necesario que esté inscripta en el Registro Fiscal de Imprentas.
Además, éstas no están obligadas a suministrar información a la AFIP , por estar las parroquias exceptuadas del cumplimiento de la R.G. 1.415/03.
2. Art. 5º de la Resolución General 1.415/04 AFIP
Los sujetos que se detallan en el Anexo I, Apartado “A” (las entidades comprendidas en los incisos e, f, g, m del Art. 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones) y, en su caso, únicamente por las operaciones que se indican expresamente en dicho apartado, están exceptuados de emitir comprobantes que reúnan los requisitos establecidos por la presente y/o por la Resolución General nro. 100, sus modificatorias y complementarias (Registro Fiscal de Imprentas, Autoimpresores e Importadores).
La excepción dispuesta precedentemente no impide el cumplimiento que en materia de emisión de comprobantes y con relación a otros aspectos de naturaleza tributaria, civil, comercial, contable, etcétera, establezcan otras disposiciones legales, reglamentarias y complementarias para la actividad, la operación o el sujeto de que se trate.
e-mail:garrido.casal1@gmail.com
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